Sentencia N° 238 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de noviembre de 2021
TSJ/SCS, Sent. N° 238, Exp. 21-069, 30/11/2021
Expediente21-069
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoExequatur
Fecha de la decisión2021-11-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de exequátur presentada por Ottoniel Mendoza Ferrer, relacionada con una sentencia de divorcio dictada en España. La Sala determinó que la solicitud no cumplía con los requisitos formales establecidos en el Código de Procedimiento Civil, específicamente la falta de indicación del domicilio de la persona contra la cual se obra la ejecutoria, lo que impide continuar con el trámite legal. Por lo tanto, se rechazó la solicitud de exequátur.
Extracto de la motiva
En consecuencia, al no estar satisfechos los requisitos formales exigidos en el artículo 852 del Código de Procedimiento Civil, resulta forzoso para esta Sala rechazar la solicitud de exequátur interpuesta. Así se establece. No obstante, es necesario advertir, que la anterior declaratoria no impide que los interesados puedan acudir nuevamente ante esta instancia jurisdiccional, cuidando el cumplimiento de los requerimientos supra indicados, para solicitar la ejecutoria de la sentencia extranjera a fin de que la misma tenga efectos en la República Bolivariana de Venezuela. Así se decide.
Dispositiva
RECHAZA la solicitud de exequátur de la sentencia de divorcio N° 65/18, dictada el 7 de mayo de 2018, por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N° 7 de Paterna, Reino de España.
Palabras clave
exequáturdivorciosentencia extranjeraprocedimiento civiltutela judicialinterés superior