Sentencia N° 2343 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de noviembre de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 2343, Exp. 07-1970, 20/11/2007
Expediente07-1970
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-11-20
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra una decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. La Sala determinó que el recurso fue presentado extemporáneamente, fuera del lapso legal establecido, lo que llevó a declarar su inadmisibilidad. Además, se impuso una multa de veinte unidades tributarias al recurrente por interposición maliciosa del recurso.

Extracto de la motiva

Advierte esta Sala al juzgador de la recurrida que es a este alto Tribunal al que le compete pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad, como lo ordena el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por tal razón, se revoca el auto de fecha 26 de junio del año 2007 emanado por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que admitió dicho medio excepcional de impugnación. Así se resuelve. El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, a saber: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 25 de abril del año 2007 emanada del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se impone a la parte recurrente multa de veinte unidades tributarias (20 U.T.) y se ordena al Tribunal de la causa, expedir la correspondiente planilla de liquidación para ser pagada en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales dependiente del Ministerio de Finanzas.

Palabras clave

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