Sentencia N° 2340 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de diciembre de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 2340, Exp. 06-1984, 18/12/2006
Expediente06-1984
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-12-18
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 18 de diciembre de 2006, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por los ciudadanos Hugo Mario Suárez y Julio César Vírguez contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Estado Lara. La Sala argumentó que la decisión recurrida no contraviene la doctrina jurisprudencial ni las normas de orden público procesal, y que el Tribunal ad quem actuó conforme a la legalidad.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dispone que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En interpretación de la citada disposición legal, la Sala en sentencia N° 692 de 12 de diciembre de 2002 (caso Antonio del Valle Lira Méndez contra Baker Hughes, S.R.L), estableció que aun cuando los requisitos de admisibilidad se cumplan, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala. Conforme a la doctrina pacífica y reiterada de la Sala, la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza son de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 18 de septiembre de 2006, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Palabras clave
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