Sentencia N° 234 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de febrero de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0234, Exp. 17-645, 20/03/2018
Expediente17-645
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-02-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por Thermal Ceramics de Venezuela, C.A. contra un acto administrativo del Instituto Nacional de Tierras. La apelación fue presentada debido a la negativa del Juzgado Superior Agrario de ampliar el lapso probatorio y la prueba de informes solicitada por la parte actora. La Sala determinó que el juzgado había actuado conforme a la ley y que no existían razones que justificaran la ampliación del lapso probatorio.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Previamente a emitir pronunciamiento, se advierte que en fecha 12 de agosto de 2016 fue publicado el fallo N° 869, a través del cual esta Sala estableció que “resulta contrario a los enunciados principios de concentración y brevedad, aplicar, en su totalidad, el procedimiento de segunda instancia contenido en los artículos 176 al 178 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y específicamente efectuar la audiencia oral de informes a que alude el artículo 177 de la ley in commento, siempre y cuando se trate de apelaciones contra fallos interlocutorios, cuyo objeto lo constituyan puntos de mero derecho y en los que no se observen conculcaciones al interés social que reviste esta especial materia derivados del análisis minucioso de las actas del proceso, puesto que este procedimiento previsto en las aludidas normas encuentra justificación cuando se trate de apelaciones contra fallos definitivos y en aquellos donde hay violaciones al orden público agrario”; por lo cual, al versar el caso sub examine sobre una apelación incoada contra un auto que niega la ampliación del lapso probatorio y de una prueba de informes, esto es, un asunto que debe resolverse como de mero derecho y no

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la sociedad mercantil THERMAL CERAMICS DE VENEZUELA, C.A., contra el auto dictado por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con competencia en el Estado Carabobo el 26 de mayo de 2017; y SEGUNDO: CONFIRMA el referido auto.

Palabras clave

NulidadContencioso-AdministrativoRecursosPrueba

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