Sentencia N° 234 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de febrero de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 0234, Exp. 06-2216, 28/02/2007
Expediente06-2216
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-02-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social se pronunció sobre la admisibilidad de un recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Emilio de Jesús Rodríguez contra una sentencia del Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y concluyó que el recurso no cumplía con las exigencias necesarias para su procedencia. En consecuencia, se declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: En primer término, arguye el recurrente que el Juez Superior Laboral contravino la jurisprudencia dictada por las Salas Constitucional y de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, sin embargo se emitirá pronunciamiento sólo con respecto a la contravención de la jurisprudencia emanada de esta Sala, visto que la violación de los demás criterios jurisprudenciales no pueden ser denunciados a través del presente medio de impugnación excepcional.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia de fecha 24 de mayo del año 2006 emanada del Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la ciudad de Maracaibo. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la ciudad de Maracaibo.

Palabras clave

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