Sentencia N° 233 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de febrero de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0233, Exp. 13-1367, 26/02/2014
Expediente13-1367
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-02-26
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de fundamentación del recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil BLINDADOS CENTRO OCCIDENTE S.A. contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Lara. La apelación fue considerada desistida debido a que la parte recurrente no presentó el escrito de fundamentación en el lapso establecido por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Extracto de la motiva

La norma en referencia, impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En el caso sub examine el expediente se dio por recibido el 17 de octubre de 2013, y siendo que el lapso de diez (10) días de despacho para la fundamentación del recurso de apelación venció el día 4 de noviembre de 2013, según consta en el cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala en fecha 25 de noviembre de 2013, los cuales transcurrieron de la siguiente manera: cuatro (4) días en razón al término de distancia transcurridos así 18, 19, 20 y 21 de octubre de 2013 y los 10 días referidos en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, 22,23,24,25,28,29,30,31 de octubre y los días 1 y 4 de noviembre de 2013, sin que la parte recurrente consignare el escrito de fundamentación en el lapso antes indicado. En consciencia esta Sala, en aplicación a la citada norma, declara desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara en fecha 14 de mayo de 2013, en consecuencia, se declara firme el fallo apelado. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de origen.

Palabras clave

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