Sentencia N° 231 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de abril de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0231, Exp. 05-0034, 07/04/2005
Expediente05-0034
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-04-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La decisión se basa en la falta de constatación de las infracciones alegadas por el recurrente, quien argumentó la incompetencia de la jurisdicción laboral y la vulneración del derecho a ser oído en un plazo razonable durante la alzada. La Sala concluye que no se han comprobado las infracciones denunciadas, resultando en la inadmisibilidad del recurso.

Extracto de la motiva

Al analizar el escrito, la Sala observa que los alegatos formulados por el recurrente se circunscriben a señalar la incompetencia de la jurisdicción laboral en el presente caso, pues considera que es la jurisdicción Contencioso Administrativa la competente para conocer de los actos dictados por las Inspectorías del Trabajo y explica “…que la jurisdicción laboral NO ERA COMPETENTE para conocer de dichos juicios que involucran el examen de conflictos que surjan por motivo de la ejecución o no de ese tipo de Providencias...” y que “…cualquier duda sobre la ejecutabilidad de la Providencia Administrativa, le corresponde a la jurisdicción Contencioso Administrativa.” Igualmente denuncia quien recurre, la vulneración por parte del Juez Superior de la garantía de ser oído en plazo razonable, por habérsele otorgado diez (10) minutos para la exposición en alzada y al propio tiempo inapreciar del escrito de apelación, conclusiones que tempestivamente opuso en apoyo a la justificación de la revocatoria del fallo apelado, advirtiendo que “...dicha pretensión de justificar que 10 minutos resulta un plazo razonable para ser oído en alzada, no sólo carece de base legal..., sino también de base axiológica tutelada por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”. Así pues, analizada exhaustivamente la sentencia contra la cual se recurre, se concluye que tales infracciones no han sido constatadas por esta Sala de Casación Social, lo cual trae como efecto inmediato, basada en los criterios que informan la presente decisión, la declaratoria de inadmisibilidad.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 18 de noviembre de 2004, emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana. No hay expresa condenatoria en costas del recurso dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

control de la legalidadjurisdicción laboralincompetenciaderecho a ser oídosentenciarecursoinadmisibilidadprestaciones sociales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca