Sentencia N° 229 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de marzo de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0229, Exp. 15-128, 15/03/2016
Expediente15-128
PonenteJesús Manuel Jiménez Alfonzo
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-03-15
DecisiónNo Procede
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil Red de Abastos Bicentenario, S.A. contra un acto administrativo del INPSASEL que impuso una multa. El Tribunal Tercero Superior del Trabajo había declarado sin lugar la demanda de nulidad, lo que llevó a la consulta obligatoria ante la Sala. La Sala determinó que la consulta no procedía, confirmando la decisión del tribunal inferior y la firmeza del acto administrativo impugnado.
Extracto de la motiva
La Sala, previo pronunciamiento, debe considerar lo establecido en la decisión Nro. 1.331 de fecha 17 de diciembre de 2010, caso: Joel Ramón Marín Pérez, dictada por la Sala Constitucional de este máximo Tribunal, en la que la aludida instancia jurisdiccional sostuvo: (…) esta Sala ha señalado en sentencia No. 2254/13.11.2001, que las prerrogativas procesales que confiere la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República al Procurador General, son de interpretación restrictiva y no extensivas, así por ejemplo, son exclusivas del funcionario o abogado que actúe en representación de la República, y no puede ser extensible a cualquier particular que desee ejercerlas o invocarlas. Igualmente, en sentencia No. 903/12.08.2010, la Sala estableció que los privilegios y prerrogativas de los que goza la República no son extensivos a las fundaciones del Estado. (…)
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara que NO PROCEDE la consulta respecto de la sentencia dictada por el Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, de fecha 16 de octubre de 2014, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de nulidad, en consecuencia, firme la providencia administrativa Nº PA-US-ARA-0014-2013 de fecha 10 de junio de 2013.
Palabras clave
nulidadactos administrativosINPSASELmultaderecho a la defensa