Sentencia N° 2263 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de noviembre de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 2263, Exp. 07-748, 13/11/2007
Expediente07-748
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-11-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Juan Bautista Díaz contra la sentencia del Tribunal Primero Superior del Trabajo de Monagas, que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala anula el fallo recurrido y declara con lugar la demanda por indemnización derivada de un accidente laboral, reconociendo la responsabilidad objetiva del patrono en la reparación del daño material y moral sufrido por el trabajador.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: Es criterio pacífico y reiterado de esta Sala de Casación Social que uno de los supuestos que sustenta el vicio de inmotivación por silencio de pruebas es el hecho que la recurrida omita de manera total o parcial el análisis sobre una o todas las pruebas promovidas, por lo que en este sentido, los jueces tienen el deber impretermitible de examinar cuantas pruebas se han aportado a los autos, para no incurrir en la violación de la regla general sobre el examen de las pruebas previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, artículo aplicable al nuevo régimen laboral por remisión analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así, para que una sentencia se considere fundada en los hechos del expediente, el juez debe examinar todas las pruebas que se hayan producido, aun aquellas que a su juicio no sean idóneas para ofrecer algún elemento de convicción, expresando siempre su criterio al respecto. De una simple lectura a la sentencia impugnada se verifica tal como lo señala el formalizante, que la Juzgadora de Alzada no analizó las copias certificadas indicadas en la delación, emanadas del Tribunal Cuatro de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, ni siquiera las menciona a modo de referencia, cuando de dicha probanza se desprende a través de las declaraciones rendidas por los imputados, supervisores de la empresa co demandada SEMDA, que se realizó una operación imprudente de su parte que dio lugar al accidente padecido por el trabajador cuando se hallaba efectuando una reparación en una línea eléctrica.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora, contra la sentencia de fecha 13 de octubre de 2006 emanada del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en consecuencia, se anula el fallo recurrido y se declara CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Juan Bautista Díaz en contra de las sociedades mercantiles AMAHER, C.A. y COMPAÑÍA ANÓNIMA SISTEMA ELÉCTRICO MONAGAS Y DELTA AMACURO (SEMDA).

Palabras clave

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