Sentencia N° 226 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de junio de 2024

TSJ/SCS, Sent. N° 226, Exp. 24-117, 19/06/2024
Expediente24-117
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2024-06-19
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por el abogado José Gregorio Andrade Pernía, en representación de Álvaro Augusto Castillo Jaimes, contra una decisión del Juzgado Superior Agrario de Barinas. La sentencia de alzada había admitido el recurso, pero el TSJ determinó que la decisión recurrida no ponía fin al juicio ni impedía su continuación, lo que la hacía inadmisible según la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.

Extracto de la motiva

La norma objeto de reproducción precedente, establece los requisitos necesarios para el acceso a sede casacional, destacando diáfanamente entre estos el que se trate de sentencias definitivas o que extingan el proceso; por lo que, contra una decisión que no tenga esta característica especial no se puede intentar su impugnación mediante este recurso, tal y como lo ha establecido esta Sala en sentencia número 437 del 11 de julio de 2002, caso: Asociación Civil de Productores Agropecuarios Rescate del Paño General Caucagua y otros contra Luis Antonio Pérez y otros, y número 1831 del 5 de diciembre de 2014, caso: José Eduardo Torres y otros contra Unidad Educativa Colegio Franciscano María Auxiliadora. Para el caso de autos, se observa que el fallo contra el cual se anuncia el recurso de casación no pone fin al juicio, ni impide su continuación; por el contrario, persigue la continuidad del presente asunto al anular un fallo que daba por concluido el proceso, y ordenando proseguir con este, razón por la cual se evidencia que la decisión de alzada no encuadra en el tipo de sentencias indicadas en el artículo 233 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Por las razones expuestas, resulta a todas luces inadmisible el recurso de casación anunciado en el caso sub examine, en consecuencia se anula el auto de admisión dictado el 22 de febrero de 2024. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO ANULA el auto de fecha 22 de febrero de 2024, dictado por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en el cual se admite el recurso de casación anunciado por el abogado José Gregorio Andrade Pernía, actuando como apoderado judicial del tercero interviniente, ÁLVARO AUGUSTO CASTILLO JAIMES, contra el fallo del 14 de febrero de 2024 emanado del precitado tribunal; SEGUNDO INADMISIBLE el recurso de casación anteriormente descrito.

Palabras clave

casacióninadmisibilidadagrario

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