Sentencia N° 2233 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de diciembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 2233, Exp. 14-1231, 17/12/2014
Expediente14-1231
PonenteOCTAVIO SISCO RICCIARDI
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-12-17
DecisiónIMPROPONIBLE

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso especial de juridicidad interpuesto por la sociedad mercantil Petrocasa, S.A. contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Apure, que declaró sin lugar el recurso de apelación. La Sala determinó que el recurso era improponible debido a la falta de sustento jurídico, dado que la Sala Constitucional había declarado la nulidad de varios artículos de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, afectando la posibilidad de interponer dicho recurso. En consecuencia, se declaró firme la decisión recurrida y culminada la fase cognitiva del juicio.

Extracto de la motiva

El análisis anterior, conduce a afirmar que el recurso especial de juridicidad es improponible al no tener sustento jurídico, entendiendo por improponibles “a aquellas pretensiones que no tienen existencia en derecho, es decir, que no poseen fundamento legal alguno que admita su interposición”. (Cfr. Sentencia de la Sala Constitucional nº 1.120 de 13 de julio de 2011).

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROPONIBLE el recurso especial de juridicidad interpuesto por la sociedad mercantil Petrocasa, S.A., contra la sentencia de 26 de marzo de 2014, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. SEGUNDO: FIRME la decisión recurrida. TERCERO: CULMINADA la fase cognitiva del juicio.

Palabras clave

competencianulidadactos administrativosjurisdiccióntrabajoprocedimientoleyjusticia

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