Sentencia N° 2233 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de noviembre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 2233, Exp. 07-1893, 06/11/2007
Expediente07-1893
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-11-06
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 6 de noviembre de 2007, declara perecido el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Humberto José Atacho Pérez contra la decisión del Juzgado Superior Quinto del Trabajo del Estado Zulia. La Sala establece que el recurso no fue formalizado dentro del lapso legal establecido por el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que exige la presentación del mismo en un plazo de veinte días consecutivos.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización del mismo no se verifique en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dispone un lapso de veinte (20) días consecutivos, para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente para que se presentara la formalización del especialísimo recurso de casación, se constata que el mismo comenzó a correr en fecha primero (1°) de agosto de 2007, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se otorgan para el anuncio, y venció el veintinueve (29) de septiembre del mismo año, incluyendo el término de distancia correspondiente. En este sentido, se observa que anunciado oportunamente como ha sido el presente recurso, y vencido el término correspondiente para la formalización, la misma no fue presentada, por lo que en consecuencia, esta Sala declara perecido el recurso de casación interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra el fallo emitido en fecha 23 de julio de 2007, por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay condenatoria en costas al demandante recurrente en casación, de conformidad con el artículo 64 de Orgánica Procesal del Trabajo, toda vez que éstas no proceden contra trabajadores que devenguen menos de tres (3) salarios mínimos.
Palabras clave
recurso de casaciónperecidoLey Orgánica Procesal del Trabajoplazoformalizaciónprestaciones socialestrabajodecisión