Sentencia N° 223 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de abril de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0223, Exp. 12-1398, 30/04/2013
Expediente12-1398
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-04-30
DecisiónADMITE

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 30 de abril de 2012, admite el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de Zulia. La Sala considera que el recurso no ha sido intentado maliciosamente y que existen motivos racionales para su interposición, lo que justifica su admisibilidad conforme a la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no sean recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad de dicho recurso. Además, la admisión del recurso in comento exige verificar que el mismo haya sido interpuesto mediante escrito cuya extensión no debe ser mayor de tres (3) folios útiles y sus vueltos, así como su tempestividad, por cuanto la referida norma establece para su interposición, el lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho a partir de la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión. Adicionalmente, es necesario dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala restringir su admisibilidad, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, especialmente a aquellas situaciones donde se denuncie la violación de disposiciones de orden público.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 14 de agosto de 2012. En consecuencia, a partir de la publicación del presente auto comenzará a correr el lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la parte demandante consigne la contestación del recurso; y una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para la audiencia oral, pública y contradictoria.

Palabras clave

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