Sentencia N° 223 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de febrero de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0223, Exp. 08-047, 28/02/2008
Expediente08-047
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-02-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano José Rafael Acurero Albornoz, en relación a una sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Estado Zulia. La demanda original fue estimada en más de trescientos cincuenta y ocho millones de bolívares, superando el umbral necesario para recurrir en casación, lo que llevó a la Sala a declarar inadmisible el recurso presentado. La decisión se fundamenta en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece que el recurso de control de la legalidad solo puede ser propuesto contra fallos que no sean recurribles en casación. En este caso, la sentencia impugnada era efectivamente recurrible, lo que invalidó el recurso de control de la legalidad. Finalmente, la Sala decidió no imponer condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión, y ordenó la remisión del expediente al juzgado de origen para su conocimiento.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que el recurso de control de la legalidad podrá proponerse contra aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación. En el caso de autos la demanda, presentada el 03 de abril de 2001, fue estimada en la cantidad de trescientos cincuenta y ocho millones setecientos seis mil trescientos cuarenta y ocho bolívares (Bs. 358.706.348,00). Ahora bien, para la fecha de la presentación de la demanda la cuantía necesaria para recurrir en casación debía exceder de tres millones de bolívares (Bs. 3.000.000,00), cantidad esta muy inferior a la estimación de la demanda; de allí que la sentencia impugnada es recurrible en casación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 08 de junio de 2007, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Palabras clave

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