Sentencia N° 221 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de marzo de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 221, Exp. 03-815, 09/03/2004
Expediente03-815
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2004-03-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la solicitud de aclaratoria presentada por el ciudadano Robinson Ramón Coy, en relación a la sentencia N° 042 que declaró inadmisible su recurso de control de la legalidad. La Sala aclara que la solicitud es tempestiva y que la aclaratoria tiene como objetivo expresar mejor la sentencia sin modificar su contenido. Se concluye que la violación del artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo no constituye una violación categórica del orden legal establecido.
Extracto de la motiva
Aun cuando el auto de inadmisibilidad no requiere ser motivado, la Sala en sus decisiones ha explicado que el artículo 178 eiusdem le concede potestad discrecional para la admisibilidad del recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia de la Sala. Así, en la sentencia se expone: “...se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza son de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho, o de aquellas decisiones que contravengan la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala de Casación Social, pues, ésta se contrae fundamentalmente entre otras, a preservar la uniformidad de la jurisprudencia laboral”. Por las razones antes expuestas, se concluye en relación con la violación del artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, que la Sala, en uso de la facultad discrecional conferida para admitir los recursos de control de la legalidad, consideró que la violación denunciada no constituye una violación categórica del orden legal establecido de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión en el proceso concreto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, deja aclarada la decisión dictada en fecha 20 de enero de 2004, en el recurso de control de la legalidad interpuesto en el procedimiento de estabilidad seguido por el ciudadano ROBINSON RAMÓN COY, contra la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA DEL SUR, C.A.
Palabras clave
aclaratoriainadmisibilidadrecurso de controlestabilidad laboralorden públicojurisprudenciaindexación