Sentencia N° 220 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de marzo de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0220, Exp. 11-283, 21/03/2012
Expediente11-283
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-03-21
DecisiónSIN LUGAR
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre un recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra una decisión interlocutoria que negó la solicitud de perención de instancia. La apelación se fundamenta en la inactividad procesal de la parte actora, que no realizó actos de impulso desde julio de 2009. La Sala concluye que la perención no procede, ya que el proceso estuvo paralizado por causas no imputables a las partes, y se declara SIN LUGAR el recurso de apelación.
Extracto de la motiva
En el caso sub iudice, existen dos oportunidades en el iter procesal, que resulta conveniente resaltar, como sigue: la primera desde el 08/07/2009, fecha en la cual la parte actora hizo la última actuación en el presente expediente, hasta el día 26/10/2009, fecha en la cual el Juez… cesó en sus funciones; y, la segunda (19-01-2010) luego del abocamiento del nuevo Juez al conocimiento de la presente causa. Así las cosas, luego de esta primera oportunidad referida como antecede, entiéndase, que una vez que el juez anterior cesara en sus funciones y constara en el expediente el abocamiento del nuevo Juez al conocimiento de la causa, comenzó una suspensión del proceso por hechos no imputables a las partes; ante circunstancias con características similares la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia Nº 1.309 de fecha (29) de junio de dos mil seis (2006), (…) Concluye el sentenciador de la causa en lo siguiente: Finalmente, siendo evidente la desvinculación de la parte actora al proceso y su falta de Notificación a la estadía de derecho correspondiente, con el propósito de garantizar el libre acceso de los particulares a los órganos de administración de justicia, forzosamente se declara SIN LUGAR la solicitud de perención. Así, se decide.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriores, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1°) SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por la abogada Rocio Ythamar Camacho Colmenares, actuando en representación judicial de la parte accionada contra la decisión interlocutoria proferida por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha 9 de febrero de 2011; 2°) FIRME el fallo apelado.