Sentencia N° 22 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de marzo de 2024

TSJ/SCS, Sent. N° 022, Exp. 23-368, 01/03/2024
Expediente23-368
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion
Fecha de la decisión2024-03-01
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso extraordinario de casación interpuesto por las ciudadanas Minerba del Valle Celis Rojas y Rosa María Celis Rojas, contra la sentencia del 30 de junio de 2023. La Sala declaró perecido el recurso debido a que no se formalizó conforme a lo establecido en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, a pesar de haber sido anunciado oportunamente.

Extracto de la motiva

En este sentido, se verifica que el recurso de casación fue anunciado oportunamente por la representación judicial de la parte demandante, no obstante, el mismo no fue formalizado de conformidad con lo previsto en el artículo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Tampoco se evidencia, de la lectura de la diligencia de fecha 10 de julio de 2023, que la representación judicial de la parte actora recurrente, en la oportunidad de ejercer el recurso de casación haya esgrimido los fundamentos del mismo, circunstancia que habría obligado a la Sala a conocer de éstos, considerándose como una formalización anticipada del recurso, conforme al criterio establecido por la Sala Constitucional de este alto Tribunal en sentencia Nro. 1.350 del 5 de agosto de 2011 (caso: Desarrollo Las Américas, C.A. e Inversiones 431.799, C.A.). Por lo antes expuesto, al no haber consignado la parte demandante recurrente el escrito de formalización del recurso, aun cuando fue anunciado oportunamente no puede esta Máxima Instancia conocer y decidir el recurso incoado, sin que ello implique suplir la carga procesal correspondiente a dicha parte, en consecuencia, esta Sala declara perecido el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de las ciudadanas Minerba del Valle Celis Rojas y Rosa María Celis Rojas, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: PERECIDO el recurso de casación anunciado por las ciudadanas Minerba del Valle Celis Rojas y Rosa María Celis Rojas, parte accionante, contra la sentencia dictada el 30 de junio de 2023, por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes con competencia territorial en el municipio Arismendi del estado Barinas, con sede en San Carlos.

Palabras clave

recurso de casaciónprocedimiento civiltierrasdesarrollo agrariocarga procesal

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