Sentencia N° 219 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de febrero de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0219, Exp. 03-045, 27/02/2007
Expediente03-045
PonenteOmar Alfredo Mora Díaz
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-02-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del TSJ dictó una sentencia en la que se abordó la demanda presentada por la Defensoría del Pueblo en relación a la transmisión de programación no adecuada para niños, niñas y adolescentes durante horarios infantiles. Se alegó que las televisoras habían transmitido contenido violento y no apto para la audiencia infantil, vulnerando así los derechos de los menores. La sentencia concluyó que efectivamente se habían violado estos derechos, ordenando a las televisoras a adecuar su programación.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la programación transmitida en horarios infantiles debe ser adecuada y respetar los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Se establece que la transmisión de contenido violento y la falta de advertencias sobre la naturaleza de los programas constituyen una violación a los derechos establecidos en la Constitución y en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. La Sala enfatiza la importancia de garantizar un entorno seguro y saludable para el desarrollo integral de los menores, y la responsabilidad de los medios de comunicación en este aspecto.
Dispositiva
Se declara con lugar la demanda interpuesta por la Defensoría del Pueblo, ordenando a las televisoras demandadas a adecuar su programación en horarios infantiles, garantizando que el contenido transmitido sea apto para la audiencia infantil y cumpla con las normativas establecidas en la legislación vigente.
Palabras clave
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