Sentencia N° 2154 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de diciembre de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 2154, Exp. 06-1753, 15/12/2006
Expediente06-1753
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoRegulacion de competencia
Fecha de la decisión2006-12-15
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia en un juicio por cobro de prestaciones sociales. El Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Sucre no emitió pronunciamiento sobre la regulación de competencia solicitada, lo que llevó a la Sala a declarar su incompetencia para conocer la solicitud. En consecuencia, se ordenó remitir el expediente al Juzgado Superior correspondiente para que decida sobre lo propuesto.
Extracto de la motiva
Al examinar detalladamente el caso sometido a consideración de esta Sala, se advierte que el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Carúpano, órgano jurisdiccional que por mandato expreso del artículo 71 del Código adjetivo Civil, es quien debe establecer a cuál Juzgado será atribuido el conocimiento del asunto -pues es el tribunal superior de aquel ante el cual se propuso la regulación de competencia-, y emitir pronunciamiento al respecto; al no hacerlo, esta Sala en aras de la celeridad procesal, ordena remitir el expediente al Juzgado precedentemente señalado, por ser el Tribunal facultado por la Ley para regular la competencia en el sub iudice. Así se resuelve.
Dispositiva
En mérito de los anteriores señalamientos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer la solicitud de regulación de competencia planteada. En consecuencia, se ordena REMITIR las actuaciones al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Carúpano, a los efectos de que decida acerca de lo propuesto.
Palabras clave
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