Sentencia N° 215 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de marzo de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0215, Exp. 14-1656, 24/03/2017
Expediente14-1656
PonenteDanilo Antonio Mojica Monsalvo
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-03-24
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Superior Agrario y el Juzgado de Primera Instancia Agrario del Estado Cojedes, en relación a una solicitud de medida cautelar de protección agroalimentaria y ambiental presentada por Oscar Emilio Antonini Laviosa. La Sala determinó que el Juzgado Superior Agrario era el competente para conocer del asunto, dado que la solicitud involucraba a un ente agrario, el Instituto Nacional de Tierras (INTi).

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala de Casación Social pronunciarse respecto de su competencia para resolver el conflicto suscitado entre el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes y el Juzgado de Primera Instancia Agrario de la misma Circunscripción Judicial, en la solicitud de medida cautelar de protección agroalimentaria y ambiental que peticionara el ciudadano Oscar Emilio Antonini Laviosa, actuando en su condición de presidente de la sociedad mercantil Agrícola La Parapara, c.a.. En tal sentido, debe traerse a colación el artículo 266, numeral 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que prevé entre las atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia, la siguiente: “Artículo 266. Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia: (…Omissis…) 7. Decidir los conflictos de competencia entre tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal superior o común a ellos en el orden jerárquico”. En armonía con la norma constitucional, dispone en idénticos términos el artículo 31, numeral 4, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia como una competencia común a cada Sala de este Máximo Tribunal, decidir los conflictos de competencia.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para resolver la regulación de competencia suscitada por el conflicto de no conocer planteado entre el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes y el Juzgado de Primera Instancia Agrario de la misma Circunscripción Judicial. 2.- Que es COMPETENTE el JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES para conocer de la presente solicitud de medida de protección a la continuidad de la producción agroalimentaria y ambiental de la producción forestal desarrollada en el Fundo Guayabalito, ubicado en la Carretera Vía Las Tejas, Municipio Tinaco, Estado Cojedes, donde está asentada la sociedad mercantil Agrícola La Parapara, C.A.

Palabras clave

competenciamedida cautelarprotección agroalimentariaInstituto Nacional de Tierras

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