Sentencia N° 2146 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de diciembre de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 2146, Exp. 06-1067, 15/12/2006
Expediente06-1067
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2006-12-15
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por la parte actora, quien alegó violaciones a derechos fundamentales en el proceso de apelación. La Sala determinó que no se incurrió en violaciones de las normas denunciadas y que la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo se mantenía firme. Además, se consideró que la conducta del recurrente al interponer el recurso fue temeraria, configurando interposición maliciosa.
Extracto de la motiva
En el caso concreto señala el recurrente que la sentencia recurrida violó los artículos 2, 49 numerales 1° y 3° y 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al no dársele una nueva oportunidad para la evacuación de los testigos que no fueron presentados en la audiencia de apelación y poder demostrar, con ellos, los motivos de incomparecencia a la audiencia, lo cual no fue constatado por la Sala, toda vez que, el motivo de incomparecencia alegado y las pruebas documentales que se presentaron para demostrar el caso fortuito o fuerza mayor alegado, fueron desechados por la recurrida. Aunado a ello, la parte actora se encontraba representada por dos abogados, los cuales fueron notificados, mediante auto, de la mudanza del Tribunal así como de la reprogramación de la audiencia, motivo por el cual, y con fundamento en las razones antes expuestas, considera esta Sala que el Juez no incurrió en violación de las normas denunciadas, que en definitiva transgrediría el Estado de Derecho, razón por la cual se declara inadmisible el recurso interpuesto. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada el 31 de mayo de 2006, por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Se impone al recurrente multa de diez unidades tributarias (10 U.T.), y se ordena al Tribunal de la causa expedir la correspondiente planilla de liquidación, para ser pagada en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales, dependiente del Ministerio de Finanzas.
Palabras clave
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