Sentencia N° 2140 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de diciembre de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 2140, Exp. 06-1562, 15/12/2006
Expediente06-1562
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2006-12-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por Hugo Ramón Galvis Rubio contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La Sala determinó que no se constató la violación de las normas denunciadas ni de la jurisprudencia citada, ya que se aplicaron correctamente las disposiciones legales en relación con el daño moral demandado. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

En el caso concreto señala el recurrente que la sentencia recurrida violó el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; los artículos 3°, 69 y 77 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; los artículos 12, 249 y 509 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 217 del Código de Comercio, al afirmar que la empresa Inversiones Doral JL C.A, no ha sido legalmente liquidada, por lo que a su decir, se debió demandar a ésta y no en forma personal al ciudadano Javier Amo Gabasa, desconociendo con ello el documento marcado “L” contentivo de la liquidación de la empresa Inversiones Doral JL C.A., que se consignó en copia certificada emanada de la Oficina de Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda. De igual forma señala que la recurrida es contraria a la jurisprudencia de la Sala, establecida en la sentencia N° 144 del 7 de marzo de 2002, Caso Francisco Tesorero Yánez contra Hilados Flexilón, S.A., cuando comparte el criterio expresado por el Juez de primera instancia, en el sentido de no ordenar la reparación del pretendido daño moral al no haber sido señalado, por la parte actora, el monto correspondiente al daño moral ocasionado a su patrimonio, pues a decir del impugnante, corresponde al juez laboral la calificación, extensión y cuantificación del daño moral.

Dispositiva

Por las razones mencionadas, con base en los criterios que fundamentan la presente decisión, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad. Así se decide.

Palabras clave

control de legalidaddaño moraljurisprudenciaadmisibilidadLey Orgánica Procesal del Trabajosentenciarecursoviolación

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