Sentencia N° 214 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de febrero de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 0214, Exp. 06-1615, 27/02/2007
Expediente06-1615
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-02-27
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 27 de febrero de 2007, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por Ramón Guadalupe Cuicas Rico contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Lara. La Sala argumentó que el recurrente no cumplió con los requisitos formales establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la presentación del escrito de formalización del recurso, lo que llevó a la imposibilidad de examinar las denuncias planteadas.

Extracto de la motiva

Establecido lo anterior, debe subrayarse, en atención a lo dispuesto en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que esta Sala procura en todo momento garantizar que no se sacrifique la justicia por la omisión de formalidades no esenciales; no obstante, considera que en el presente caso, el recurrente quebrantó formas elementales en su escrito de formalización, que hacen a la Sala imposible conocer de la denuncia precedente. En virtud de las razones expuestas, en el dispositivo de la presente decisión se declarará PERECIDO el presente medio extraordinario de impugnación anunciado y formalizado por la parte demandante, con fundamento en lo establecido en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en consecuencia, se deja sin efecto la audiencia fijada en esta causa para el día martes veintisiete (27) de febrero de 2006, a las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.).

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte actora, contra la sentencia de fecha 07 de agosto de 2006, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Se condena en costas a la parte recurrente en casación, de conformidad con la parte in fine del artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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