Sentencia N° 209 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de marzo de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0209, Exp. 10-1173, 01/03/2011
Expediente10-1173
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaConstitucional
Tipo de recursoCasacion
Fecha de la decisión2011-03-01
DecisiónPerecido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por los codemandados en un juicio de partición. La Sala determinó que el recurso fue formalizado de manera extemporánea, ya que la representación judicial presentó el escrito de formalización fuera del lapso procesal establecido. En consecuencia, se declaró perecido el recurso de casación anunciado por los codemandados.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 489-D, parágrafo segundo, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que será declarado perecido el recurso cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae ese mismo artículo, o cuando el escrito no cumpla con los requisitos allí establecidos. En este sentido, la citada disposición prevé un lapso de veinte (20) días consecutivos, más el término de la distancia que se haya fijado entre la sede del tribunal que dictó la sentencia recurrida y la capital de la República, para formalizar el recurso de casación, lapso este que se computa a partir del día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se conceden para el anuncio del recurso. Determinado lo anterior, del cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala se constata que el lapso para consignar la formalización del recurso de casación ejercido, comenzó a transcurrir el 4 de agosto de 2010, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se confieren para el anuncio, y venció el día 28 de septiembre de 2010, incluyendo el término de la distancia correspondiente.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial de los codemandados MERCEDES MARÍA ANGULO DE ALONSO, ANA MERCEDES ALONSO ANGULO, ELADIO ANTONIO ALONSO ANGULO e IVELTE MILAGROS ALONSO ANGULO, contra la sentencia publicada por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 21 de julio de 2010. Dada la naturaleza del actual fallo, no hay condenatoria en costas.
Palabras clave
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