Sentencia N° 208 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de marzo de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0208, Exp. 10-588, 01/03/2011
Expediente10-588
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-03-01
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 1 de marzo de 2011, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la demandante, quien había apelado una decisión del Juzgado Superior que declaró desistido su recurso de apelación. La recurrente alegó que no pudo asistir al acto de formalización del recurso debido a circunstancias ajenas a su voluntad, pero la Sala consideró que no se demostraron las causales que justificaran su incomparecencia. Además, se destacó que la juez de alzada actuó conforme a la normativa aplicable, declarando desierto el acto de formalización por la falta de asistencia de la apelante.

Extracto de la motiva

En el caso bajo estudio, la actora apelante adujo no haber comparecido al acto de formalización del recurso de apelación por causas ajenas a su voluntad, en particular, por resultarle imposible acceder al edificio donde se encuentra la sede del Juzgado Superior, pues la entrada estaba obstaculizada por un grupo de protestantes y de policías. Sin embargo, la recurrente no demostró las causales que le impidieron asistir al acto de formalización de la apelación y que habrían justificado su incomparecencia –sin que pueda ser calificado como un hecho público y notorio, como afirma la impugnante–; además, es necesario resaltar que el demandado sí asistió al mencionado acto procesal, lo que permite concluir que la demandante también hubiera podido acceder a la sede del tribunal a fin de comparecer al acto en cuestión. En consecuencia, esta Sala considera que no está demostrado el motivo que habría justificado la incomparecencia de la apelante al acto de formalización de dicho recurso, razón por la cual no procede la reposición de la causa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 24 de marzo de 2010, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Se exonera de las costas del recurso a la parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 485 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Palabras clave

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