Sentencia N° 2078 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 2078, Exp. 06-1717, 14/12/2006
Expediente06-1717
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-12-14
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la Procuraduría General de la República en nombre del Registro Mercantil Tercero de Anzoátegui. La decisión del Juzgado Primero Superior Transitorio del Trabajo, que había declarado sin lugar la apelación, fue confirmada. La Sala determinó que no existían violaciones al orden legal ni jurisprudencial que justificaran la admisibilidad del recurso.

Extracto de la motiva

En el caso bajo estudio, la representación judicial de la Procuraduría General de la República (recurrente), le atribuye a la sentencia impugnada la violación de los artículos 8, 63, 64 y 80 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República, 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la infracción de los artículos 15, 208, 211 y 212 del Código de Procedimiento Civil, así como también delata la contravención de los artículos 26, 257, 334 y 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Indica el recurrente, que el sentenciador no aplicó los mencionados artículos de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, al no notificar o citar en forma personal y directa a la Procuradora General de la República, al Gerente General del Litigio, a la Coordinadora Integral en el Área Laboral o en su defecto al Sustituto Especial de la Representación Judicial Constitucional y Legal de la República Bolivariana de Venezuela, por lo cual se estaría violando el derecho a la defensa y al debido proceso.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la Procuraduría General de la República actuando en nombre del Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, contra la sentencia emitida por el Juzgado Primero Superior Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 28 de julio de 2005. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.

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