Sentencia N° 2076 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de octubre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 2076, Exp. 07-1829, 18/10/2007
Expediente07-1829
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-10-18
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación interpuesto por Emiro Alberto León Mercado, debido a la falta de formalización dentro del lapso legal establecido. La decisión se basa en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece que el recurso debe ser formalizado en un plazo específico tras su anuncio. En este caso, el plazo venció el 31 de julio de 2007 y no se presentó el escrito correspondiente.
Extracto de la motiva
(Omissis) La relevancia de la formalización del recurso de casación radica en la naturaleza jurídica del mismo, como un recurso extraordinario, lo que exige su fundamentación en los motivos establecidos de forma taxativa por la ley. De ahí que, ante la falta de consignación del escrito correspondiente, o bien ante su ineficacia, derivada del incumplimiento de las condiciones de modo, lugar y tiempo establecidas, el recurso debe declararse perimido, por expresa disposición legal. En el caso bajo estudio, una vez efectuado el cómputo del término de distancia –ocho (8) días entre Maracaibo y Caracas- y el lapso subsiguiente de veinte (20) días para formalizar el recurso, se concluye que éste venció el 31 de julio de 2007. Ahora bien, la parte accionante anunció recurso de casación, oportunamente, el 2 de julio de 2007 pero no lo formalizó. Por lo tanto, visto que el lapso para la formalización venció el 31 de julio de 2007, sin que se consignara el escrito correspondiente, esta Sala de Casación Social, de conformidad con lo establecido el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara perecido el recurso interpuesto. Así se resuelve.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial del ciudadano Emiro Alberto León Mercado contra la decisión publicada el 22 de junio de 2007 por el Juzgado Superior Primero para el Nuevo Régimen Procesal y para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No se condena en costas al recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
recurso de casaciónformalizaciónperecimientoLey Orgánica Procesal del Trabajoplazodecisióntrabajojusticia