Sentencia N° 2074 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de diciembre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 2074, Exp. 14-493, 17/12/2014
Expediente14-493
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-12-17
DecisiónSIN LUGAR
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por la parte demandada, BSM CREW SERVICE CENTER VENEZUELA, C.A., contra un auto que negaba la admisión de un recurso de apelación y casación. La Sala determinó que el recurso de apelación no era el medio idóneo para impugnar la decisión del Tribunal Superior Primero del Trabajo, ya que se trataba de una sentencia interlocutoria que no ponía fin al juicio. Asimismo, se concluyó que el recurso de casación interpuesto era inadmisible, dado que no se encontraba comprendido en los supuestos previstos para su admisión según la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
En este sentido, esta Juzgadora considera prudente indicar que la Ley Orgánica Procesal del Trabajo señala expresamente los recursos que pueden ser ejercidos en contra de una Sentencia dictada por un Tribunal Superior, los cuales se encuentran establecidos en el Capítulo Seis y Capítulo Siete de la referida norma, cabe destacar “Recurso de Casación Laboral” y el “Control de Legalidad” los cuales se constituyen como los recursos legales pertinentes a los fines de impugnar una decisión dictada por un Tribunal Superior del Trabajo; motivo por el cual, Recurso Ordinario de Apelación no es el medio idóneo para atacar la decisión dictada en segunda instancia. ASI SE DECIDE. Ahora bien, pudo igualmente evidenciar este Tribunal, que en la referida solicitud interpuesta por los Apoderados Judiciales de la parte demandada, solicitan La Casación Diferida de la decisión antes mencionada y emitida por el Tribunal Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas. Siendo así, observa este Tribunal, que la referida solicitud de Casación diferida no se encuentra debidamente consagrada dentro de la Legislación y normativa jurídica aplicable en Materia Laboral; motivo por el cual resulta forzoso para este Tribunal, negar la solicitud intentada por los Profesionales del Derecho LIZ MELIM y JAVIER ZERPA, en su condición de Apoderados Judiciales de la parte demandada Sociedades Mercantiles BSM CREW SERVICE CENTER VENEZUELA C.A. y HANSEATIC CONSULTORIA NAVAL, C.A., Ahora bien, aún cuando pudiera ser un error de la calificación del recurso por la parte demandada y basándonos que es una decisión de este Tribunal Superior que declaró el desistimiento por la incomparecencia a la prolongación de la audiencia preliminar, a todo evento se declara inadmisible el Recurso de Casación. ASI SE DECIDE.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, la sociedad mercantil BSM CREW SERVICE CENTER VENEZUELA, C.A., contra el auto de fecha 18 de marzo de 2014 dictado por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en las costas del recurso a la parte recurrente.
Palabras clave
recurso de casaciónadmisibilidadLey Orgánica Procesal del Trabajodecisiones judicialesgravamen