Sentencia N° 2071 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de octubre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 2071, Exp. 07-1842, 18/10/2007
Expediente07-1842
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-10-18
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de JUAN CABRERA ÁLAMO contra la decisión del Juzgado Superior Cuarto Agrario de Barinas. La decisión se basa en que no se cumple con el requisito de disconformidad de fallos establecido en el artículo 244 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, ya que las sentencias de instancia guardan conformidad entre sí.
Extracto de la motiva
En el caso de autos, el Tribunal de alzada al momento de admitir el presente recurso de casación, conforme auto de fecha 1° de agosto de 2007, indica expresamente que el mismo es tempestivo; que el fallo recurrido pone fin al presente juicio y además cumple con el requisito de cuantía. Empero, omite pronunciamiento alguno sobre otro requisito exigido en el artículo 244 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, específicamente el relativo a la conformidad de fallos. Vista la decisión adoptada por el tribunal que dicta el fallo recurrido, con respecto a la admisión del recurso anunciado, es preciso señalar que ha sido pacífica y reiterada la jurisprudencia respecto a la admisibilidad del recurso de casación por parte de este Máximo Tribunal de la República, por lo que en tal sentido en sentencia del 07 de noviembre de 2001, la Sala de Casación Social estableció: Punto previo en el fallo de casación, puede ser el de la admisibilidad del recurso (...) corresponderá a la corte (Tribunal Supremo de Justicia), como Punto Previo al decidir el recurso, pronunciarse sobre esa admisión, lo que puede hacer de oficio o por planteamiento hecho por la parte contraria en su escrito de impugnación(...) Por consiguiente, y derivado de lo expuesto previamente, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social procederá en primer término, a emitir pronunciamiento sobre la admisibilidad o no del presente recurso.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte accionada, ciudadano JUAN CABRERA ÁLAMO, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 23 de julio de 2007. En consecuencia, REVOCA el auto de admisión de fecha 1° de agosto de 2007, dictado por el mencionado Juzgado Superior. No se condena en costas a la parte recurrente debido a la naturaleza de esta decisión.
Palabras clave
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