Sentencia N° 206 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de mayo de 2026

TSJ/SCS, Sent. N° 206, Exp. 11-1166, 15/05/2026
Expediente11-1166
PonenteENEIDA ALEXANDRA MORENO PÉREZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2026-05-15
DecisiónProcedente

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la solicitud de decaimiento del recurso de apelación interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI) contra la decisión del Juzgado Superior Primero Agrario que había declarado con lugar la nulidad de un acto administrativo. La Sala considera que el acto administrativo impugnado fue anulado por el propio ente agrario, lo que hace inoficioso un pronunciamiento sobre el fondo del asunto. Se resalta la importancia del proceso agrario como instrumento para alcanzar la justicia social.

Extracto de la motiva

motiva del presente fallo, al reconocer el origen y condición privada del predio objeto del referido acto confutado, que como tal, lo hacían incluso indisponible a efectos de la emisión de instrumentos agrarios que afectaran tal carácter, han dejado sin efecto el acto aquí impugnado, lo que conlleva de suyo a no emitir un pronunciamiento de fondo, pues ello a todas luces resulta inoficioso, por ser un desgaste innecesario de la función jurisdiccional, contrariando con ello principios de economía procesal y seguridad jurídica. Así se declara. En consecuencia, esta Sala de Casación Social, en cumplimiento al mandato constitucional de garantizar la paz social en el campo, y en atención a la actuación del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), al reconocer la nulidad absoluta del acto impugnado, declara procedente la solicitud de decaimiento del recurso de apelación interpuesto por el ente administrativo agrario, resaltando que el proceso agrario es un instrumento para alcanzar la justicia social. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de decaimiento presentada por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI). SEGUNDO: EL DECAIMIENTO del objeto del recurso ordinario de apelación ejercido por la representación judicial del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), contra la decisión dictada el 27 de julio de 2011, por el hoy Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los estados Miranda y La Guaira, que declaró con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto y nulo el acto administrativo. TERCERO: En consecuencia se DECLARA FIRME el fallo apelado.

Palabras clave

proceso agrariojusticia socialnulidadINSTITUTO NACIONAL DE TIERRASdecaimientoeconomía procesal

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