Sentencia N° 206 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de julio de 2023
TSJ/SCS, Sent. N° 206, Exp. 23-012, 13/06/2024
Expediente23-012
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2023-07-21
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Vicente Rhamaghi Masullo Bethencourt contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que había confirmado la autorización de administración de bienes en representación de los hijos del ciudadano Roberto Martín Masullo Pulido. La decisión se fundamentó en la falta de técnica casacional en los alegatos presentados por la parte recurrente, quienes no lograron demostrar la infracción de normas jurídicas o máximas de experiencia.
Extracto de la motiva
Precisado lo anterior, con el fin de resolver la presente denuncia, la Sala considera pertinente transcribir los extractos de la sentencia impugnada, a saber: Desde el folio 226 al 227 de la pieza N° 8, corre inserto en el expediente Acta de Separación de Unión Estable de Hecho de los ciudadanos YOCSELYN LUGO MARTINEZ y ROBERTO MARTIN MASULLO hoy de cujus, debidamente registrado por ante la Oficina Municipal del Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo inserta bajo el N° 81, Tomo I, Año 2014 de fecha 16/09/2016; se tiene como fidedigno su contenido por su naturaleza de documento público, expedido por un funcionario competente, (Registrador Civil), con arreglo a las leyes, y revestido de esa condición. La presente prueba se valora como un documento público de conformidad con lo establecido en los artículos 77 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con los artículos 1357, 1359 y 1360 del Código Civil y el encabezamiento del artículo 429 del Código de Procedimiento Civil. Del presente documento se desprende que los ciudadanos antes mencionados estuvieron unidos por ocho (08) años y se separaron desde la fecha 20/09/2014.
Dispositiva
PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de designación de un defensor público al hoy joven adulto R.M.M.L. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la representación judicial del ciudadano VICENTE RHAMAGHI MASULLO BETHENCOURT. TERCERO: SE CONFIRMA el fallo recurrido.
Palabras clave
casaciónadministración de bienesniñosderechossentencia