Sentencia N° 2049 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 2049, Exp. 06-1722, 14/12/2006
Expediente06-1722
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2006-12-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 14 de diciembre de 2006, declaró con lugar el recurso de hecho interpuesto por el demandante, admitiendo el recurso de casación contra la decisión del Juzgado Superior que había declarado inadmisible la acción de desconocimiento de paternidad. La Sala fundamentó su decisión en la falta de fijación de cuantía en la demanda, requisito necesario para la admisibilidad del recurso de casación, pero consideró que en este caso se cumplían otros requisitos para su admisión.
Extracto de la motiva
El Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, al negar el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte demandante, lo hizo basándose en lo siguiente: ‘…Este Tribunal para resolver observa: Que, los diez (10) días de despacho que tienen las partes para anunciar recurso de casación, de conformidad con el artículo 314 del Código de Procedimiento Civil, comenzaron a transcurrir el día doce (12) de julio de dos mil seis (2006), exclusive, fecha en la cual se dio por notificada la parte actora; y, vencieron el tres (03) de agosto de dos mil seis (2006), inclusive; habiendo sido ejercido el recurso oportunamente...’
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandante, contra el auto de fecha 7 de agosto de 2006, emanado de el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda; y en consecuencia ADMITE el recurso de casación anunciado por la parte actora, contra la decisión de fecha 25 de abril de 2006, proferida por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Palabras clave
desconocimiento de paternidadrecurso de casacióncuantíasentencia definitivaprotección del niñoprocedimiento civiladmisibilidad