Sentencia N° 2037 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de diciembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 2037, Exp. 14-1289, 17/12/2014
Expediente14-1289
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-12-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil PRODUCTOS EFE, S.A. contra la Certificación Nro. 0421-12 del INPSASEL, que certificaba una enfermedad ocupacional del trabajador Julio César Alcalá. El Juzgado Superior Segundo del Trabajo había declarado sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad, lo que fue confirmado por la Sala. La decisión se fundamentó en que no hubo violación del debido proceso ni del derecho a la defensa, y que la certificación emitida por la Diresat Miranda era un documento público con presunción de veracidad.

Extracto de la motiva

La representación judicial de la sociedad mercantil PRODUCTOS EFE, S.A. señaló que el acto recurrido está inmerso en los vicios de violación al debido proceso, derecho a la defensa y tutela judicial efectiva, violación al Principio de Legalidad y falso supuesto de hecho. En primer lugar, denuncia que la sentencia recurrida incurre en el vicio de ilogicidad, toda vez que pasa a definir el valor probatorio de la certificación de origen de una enfermedad, siendo que se demandó la nulidad de la misma, considerando que es un acto administrativo. En tal sentido, señala que el sentenciador incurre en error al contraponer el valor probatorio del propio acto administrativo recurrido. Al respecto, no considera la Sala que el sentenciador de la recurrida hubiera incurrido en el vicio de ilogicidad, al señalar el carácter de documento público de la certificación y la presunción de veracidad que de ella emana: (…) por ello es preciso destacar el carácter jurídico de la certificación impugnada, la cual, conforme lo señala los artículos 70 (Sic), en concordancia con el 76 de la LOPCYMAT, constituye un documento público, el cual al emanar de un órgano de la Administración Pública, contiene una declaración de voluntad, conocimiento o certeza, que goza de una presunción de veracidad.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por la sociedad mercantil PRODUCTOS EFE, S.A. contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de mayo del año 2014 y, SEGUNDO: CONFIRMA el fallo apelado ya identificado.

Palabras clave

NulidadCertificaciónEnfermedad ocupacionalDebido procesoDerecho a la defensa

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