Sentencia N° 2021 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de diciembre de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 2021, Exp. 07-204, 09/12/2008
Expediente07-204
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-12-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Wilmer Gutiérrez contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia. La decisión se basa en que el recurso no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, específicamente en cuanto a que la sentencia impugnada no puede ser objeto de casación.
Extracto de la motiva
El recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, por tanto, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Respecto al segundo de los requisitos enunciados en el acápite anterior, esta Sala debe hacer mención al criterio sentado por la Sala Constitucional de este Alto Tribunal, mediante sentencia N° 1573 de fecha 12 de julio de 2005 (publicada en Gaceta Oficial en fecha 12 de agosto de 2005), referido a los parámetros que en adelante se deben seguir para determinar la cuantía requerida para acceder a casación, siendo que, con base al principio de la perpetuatio fori, se estableció, que la cuantía necesaria para que una causa pueda ser conocida en sede casacional debe ser la misma que imperaba en el momento en el cual se interpuso la demanda.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social Accidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 10 de noviembre de 2006. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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