Sentencia N° 2013 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de diciembre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 2013, Exp. 14-1458, 17/12/2014
Expediente14-1458
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2014-12-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 17 de diciembre de 2014, declaró sin lugar el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada contra un auto del Juzgado Superior que había declarado inadmisible el recurso de casación. La Sala argumentó que el pronunciamiento impugnado era una decisión interlocutoria que no ponía fin al juicio ni causaba un gravamen irreparable, por lo que no era procedente el recurso de casación en esta etapa del proceso. Además, se precisó que las sentencias interlocutorias son aquellas que resuelven cuestiones incidentales y no definitivas, lo que refuerza la inadmisibilidad del recurso presentado.
Extracto de la motiva
(…) Con relación a las decisiones que en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes son recurribles en casación, la Ley especial que regula la materia, en su artículo 489, dispone lo siguiente: “Articulo (Sic) 489. Recurso de casación. Sentencias recurribles. (…). Al proponerse el recurso contra la sentencia que puso fin al juicio, quedan comprendidas en él las interlocutorias que hubieren producido un gravamen no reparado por ella, siempre que contra dichas decisiones se hubieren agotado, oportunamente, todos los recursos ordinarios (…). (…) contra las decisiones interlocutorias que no ponen fin al proceso, es pacífico y consolidado el criterio jurisprudencial de la Sala de Casación Social, que tal recurso no es admisible de inmediato, sino comprendido en el anuncio contra la sentencia definitiva, toda vez que si ésta ultima (Sic) repara el gravamen causado por aquéllas, habrá desaparecido el interés procesal para recurrir. En el caso sub iudice observa esta Alzada que fue interpuesto Recurso de Casación (…) contra la sentencia dictada por este Tribunal Superior, que declaró la reposición de la causa al estado de que la jueza del a quo oiga en apelación diferida con la definitiva los recursos ejercidos (…) contra incidencias derivadas del proceso, declarándose la nulidad de las actuaciones indicadas (…) lo que lleva a concluir, como bien acierta el anunciante (…) que se trata de un pronunciamiento interlocutorio que no pone fin al juicio, ni impide su continuación, contra el cual, no puede ser ejercido este medio extraordinario de impugnación de forma inmediata (…). (…) Igualmente, observa esta Superioridad que el pronunciamiento del que se trata el anuncio de casación no reúne las características de una Sentencia Definitiva Formal, a decir de lo señalado en la Sentencia N° 423 de fecha 04 de julio de 2001 (…). Por consiguiente, este jurisdicente, declara: LA INADMISBILIDAD del presente Recurso de Casación (…).
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada contra el auto dictado por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, de fecha 29 de septiembre del año 2014, que negó la admisión del recurso de casación. De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo por remisión expresa del artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se condena en costas del recurso a la parte recurrente.
Palabras clave
recurso de casaciónsentencia interlocutoriaprotección de niñosderecho a la defensagravamen irreparable