Sentencia N° 201 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de mayo de 2026
TSJ/SCS, Sent. N° 201, Exp. 25-347, 14/05/2026
Expediente25-347
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2026-05-14
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Ángel Evilexis Ramos García contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial del Trabajo de Lara, que había declarado parcialmente con lugar un recurso de apelación. La decisión se basa en que la cuantía de la demanda no supera lo exigido para acceder a casación, conforme a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte actora, ciudadano ÁNGEL EVILEXIS RAMOS GARCÍA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, el 18 de febrero de 2025. SEGUNDO: ANULA el auto dictado el 26 de febrero de 2025, por el mencionado Tribunal, que admitió el recurso de casación; TERCERO: FIRME la sentencia recurrida. Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas del recurso. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución
Dispositiva
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte actora, ciudadano ÁNGEL EVILEXIS RAMOS GARCÍA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, el 18 de febrero de 2025. SEGUNDO: ANULA el auto dictado el 26 de febrero de 2025, por el mencionado Tribunal, que admitió el recurso de casación; TERCERO: FIRME la sentencia recurrida.
Palabras clave
recurso de casacióninadmisionsentenciatrabajojusticia