Sentencia N° 2001 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de octubre de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 2001, Exp. 07-1630, 09/10/2007
Expediente07-1630
PonenteJuan Rafael Perdomo
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-10-09
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 09 de octubre de 2007, declaró sin lugar el recurso de hecho interpuesto contra la decisión del Juzgado Superior Tercero Agrario que había negado la admisión del recurso de casación. La Sala fundamentó su decisión en la falta de cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, específicamente en relación a la cuantía de la demanda, que no superaba el umbral requerido para la casación.

Extracto de la motiva

Conforme a lo establecido en el artículo 244 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual indica “El Recurso de Casación puede proponerse contra los fallos definitivos de Segunda Instancia que presenten disconformidad con los de la Primera Instancia”. Igualmente es requisito la Cuantía de la Demanda la cual fue modificada tanto en su elemento de cálculo como en su incremento cuantitativo tal como lo señala el artículo 18 en su aparte 4to de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que establece que la misma debe exceder de (3.000 UT). Ahora bien, quien suscribe observa que el fallo objeto del presente Recurso anunciado, es una Sentencia Definitiva tal y como lo exige el artículo 244 ejusdem, lo cual no presenta disconformidad con la sentencia emanada en fecha 17 de abril del año 2007, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia (…) (fs 443 al 454), y la cuantía no corresponde con la establecida a tal fin, por lo que resulta INADMISIBLE el Recurso de Casación anunciado, así se establece.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala de Casación Social Agraria del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto contra la decisión dictada el día 2 de julio de 2007, que negó el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de fecha 22 de junio de 2007, dictada por el Juzgado Superior Tercero Agrario, con sede en Barquisimeto, y por tanto inadmisible el recurso de casación anunciado.

Palabras clave

recurso de casacióncuantíasentencia definitivaagriculturaderecho agrariojusticiadebido procesoinadmision

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca