Sentencia N° 200 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de octubre de 2022

TSJ/SCS, Sent. N° 200, Exp. 14-1462, 28/10/2022
Expediente14-1462
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2022-10-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara sin lugar la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil Documentos Mercantiles, S.A. (DOMESA) contra el acto administrativo que certifica la enfermedad ocupacional de un trabajador. La Sala concluye que el acto administrativo impugnado no adolece de vicios de nulidad, ya que se respetaron las garantías del debido proceso y se demostró la competencia del médico que emitió la certificación. Se desestiman los alegatos de inmotivación y falta de procedimiento, confirmando la validez del acto administrativo.

Extracto de la motiva

Que el acto recurrido escuetamente refiere que un funcionario de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores realizó una investigación en su condición de Inspector de Seguridad, pero no deja constancia de su nombramiento. Que menos aún, expresa los controles que realizó el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la sociedad de comercio Domesa S.A., en cuanto al criterio clínico o al puesto de trabajo. Además, sostiene que otro aspecto que denota la inmotivación del acto, es que no refiere cuál es el grado y/o porcentaje de discapacidad en relación a una persona totalmente sana. Asimismo, que el acto administrativo indica que al ciudadano Joel Elías Odremán “se le obligaba” a trabajar en condiciones disergonómicas, dando a entender una intención del patrono a cometer un comportamiento irregular, hecho que niega. También, con relación al vicio de inmotivación, alega que el acto impugnado certificó la existencia de una “enfermedad agravada por el trabajo”, pero no refiere en detalle cuáles eran las condiciones que produjeron el agravamiento, sin que tampoco describa cuál era la enfermedad preexistente que resultó supuestamente agravada. Al mismo tiempo, indica que el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales dejó constancia de hechos que no son verdad. Así, manifiesta que en la investigación realizada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores se señaló que no se habían constatado los exámenes periódicos, la notificación de riesgo al trabajador, formación y adiestramiento en seguridad y salud en el trabajo, el análisis de riesgo por puesto de trabajo, la evaluación del puesto de trabajo y la descripción del cargo, elementos que sostiene sí existen. Finalmente, alega la incompetencia del funcionario que dictó el acto impugnado, refiriendo que el médico que suscribió el acto recurrido es extranjero, y que además no presentó el número sanitario, sin el cual no puede ejercer la profesión en la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

Se declara sin lugar la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil DOCUMENTOS MERCANTILES, S.A. (DOMESA), contra el acto administrativo signado con el alfanumérico CMO-C-202-12 proferido en fecha 29 de mayo de 2012, por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES ANZOÁTEGUI, SUCRE Y NUEVA ESPARTA.

Palabras clave

nulidadacto administrativoenfermedad ocupacionalderecho a la defensadebido proceso

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