Sentencia N° 20 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de febrero de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0020, Exp. 05-967, 01/02/2006
Expediente05-967
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-02-01
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por el ciudadano Félix Hussein Chacón González contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Miranda, que había declarado sin lugar su apelación. La Sala determinó que el recurso de casación fue formalizado de manera extemporánea, por lo que se declaró perecido. Además, se condenó en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

El segundo aparte del artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece, que será declarado perecido el recurso de casación, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos exigidos. En este sentido, se observa, que anunciado oportunamente el presente recurso, el mismo fue formalizado en fecha cinco (05) de junio de 2005, es decir, de manera extemporánea, por lo que, en consecuencia, la Sala lo tendrá como perecido. Así se establece.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte actora, contra la sentencia de fecha 03 de agosto de 2005, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Se condena en costas a la parte recurrente en casación, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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