Sentencia N° 2 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de enero de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0002, Exp. 10-237, 18/01/2011
Expediente10-237
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-01-18
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 18 de enero de 2011, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, JOHAM ELÍ QUIÑONES BETANCOURT, contra la sentencia del Juzgado Superior que había confirmado la decisión de primera instancia en un juicio de inquisición de paternidad. La Sala consideró que el tribunal de alzada había actuado correctamente al aplicar las normas pertinentes, y que la negativa del demandado a someterse a la prueba heredo-biológica fue considerada como una presunción en su contra, conforme a lo establecido en el Código Civil y el Código de Procedimiento Civil.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir observa: Esgrime el recurrente, que la recurrida no le dio cabal cumplimiento a las normas supra denunciadas como infringidas, y por tanto convalidó las irregularidades cometidas por el sentenciador de primera instancia, quien omitió formas sustanciales de los actos que menoscaban el derecho a la defensa de la parte demandada. Continúa alegando, que la recurrida en vez de resolver el fondo de la controversia, debió declarar la nulidad de las actuaciones y reponer la causa, por cuanto el tribunal de la causa al momento de practicar la experticia heredo-biológica procedió indebidamente y al margen del artículo 505 del Código de Procedimiento Civil, a notificarlo mediante boleta dejada por el alguacil, lo cual a su decir, en el caso que fuese procedente debió practicarse mediante la imprenta como lo establece el artículo 233 eiusdem, toda vez que en los autos no consta que la parte demandada haya establecido domicilio procesal, por lo que mal podía el tribunal llevar a cabo la entredicha notificación en un lugar o domicilio procesal no previsto así por el demandante.

Dispositiva

Con fundamento en lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado por la parte demandada contra la sentencia emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, de fecha 04 de diciembre del año 2009. Se condena en costas a la parte demandada recurrente, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

inquisición de paternidadcasaciónprueba heredo-biológicaderecho a la defensa

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca