Sentencia N° 1996 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de diciembre de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1996, Exp. 05-1781, 15/12/2005
Expediente05-1781
PonenteNORA VÁSQUEZ DE ESCOBAR
MateriaAgraria
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2005-12-15
DecisiónDeclina la competencia

Resumen

La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre un conflicto negativo de competencia entre dos tribunales. El Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil se declaró incompetente por la materia, remitiendo el caso al Juzgado de Primera Instancia Agraria, que también se declaró incompetente, planteando el conflicto al TSJ. La Sala analiza la naturaleza del caso y concluye que corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa, declinando la competencia a la Sala Plena del TSJ para que regule el conflicto.

Extracto de la motiva

La presente causa consiste en una demanda patrimonial contra el Estado, por el presunto incumplimiento de un contrato de depósito de una dependencia del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales Renovables, de manera que corresponde que el caso sea conocido por la jurisdicción contencioso administrativa, por lo que debe declinarse la competencia para conocer de este caso en esa 'jurisdicción' prevista en la Constitución. Ahora bien, dado el hecho de que no ha sido dictada aún la Ley que regule la Jurisdicción Contencioso Administrativa y no hay por tanto ningún tribunal de esta rama del Poder Judicial con competencia legalmente atribuida, debe esta Sala Plena declinar la presente causa en la Sala Político Administrativa, por ser la Sala afín con esta materia, por lo que se ordena remitir el expediente a dicha Sala para que conozca el presente caso. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLINA la competencia en la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a fin de que sea ella quien regule el presente conflicto de competencia. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Sala Plena.

Palabras clave

conflicto de competenciajurisdicción agrariaincompetenciaregulación de competenciademanda patrimonialcontrato de depósitojurisdicción contencioso-administrativa

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