Sentencia N° 1987 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de octubre de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1987, Exp. 07-1635, 09/10/2007
Expediente07-1635
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-10-09
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por los ciudadanos Honorios José Carrillo y María Dilia Mejía de Carrillo, contra la decisión del Juzgado Superior Séptimo Agrario del Estado Trujillo. La decisión se basa en que los fallos de instancia guardan conformidad y no se observan supuestos que permitan conocer del recurso de casación propuesto. Se reitera la jurisprudencia sobre la admisibilidad del recurso de casación y se establece que la conformidad de los fallos de instancia impide su admisión.

Extracto de la motiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte accionante, ciudadanos HONORIO JOSÉ CARRILLO y MARÍA DILIA MEJÍA DE CARRILLO, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Séptimo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en fecha 22 de junio de 2007. En consecuencia, REVOCA el auto de admisión de fecha 9 de julio de 2007, dictado por el mencionado Juzgado Superior.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte accionante, ciudadanos HONORIO JOSÉ CARRILLO y MARÍA DILIA MEJÍA DE CARRILLO, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Séptimo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en fecha 22 de junio de 2007. En consecuencia, REVOCA el auto de admisión de fecha 9 de julio de 2007, dictado por el mencionado Juzgado Superior.

Palabras clave

recurso de casacióninadmisibilidadfallos de instanciaconformidadmateria agrariajurisprudenciaderecho agrario

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