Sentencia N° 1978 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de diciembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1978, Exp. 14-1236, 10/12/2014
Expediente14-1236
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-12-10
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la admisibilidad de un recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Etanislao Terán Azuaje contra una sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso y determinó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho, no evidenciándose vulneración de normas de orden público laboral. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de tiempo y de forma antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega en primer término violaciones de orden público, debido a que la decisión recurrida transgredió disposiciones legales, por cuanto pese a llegar al convencimiento de que su representado laboraba horas extras, niega el pago de dicho concepto por considerar que el trabajador laboraba un régimen especial convenido con el patrono y que además era compensado dentro los parámetros legales en cuanto al pago, lo cual en ningún momento fue expuesto o debatido por alguna de las partes, supliendo el juzgador la carga de la parte accionada, quien en su escrito de contestación negó de forma pura y simple que su representada trabajara horas extras, sin indicar la jornada de trabajo desarrollada por el laborante, violando lo establecido reiteradamente por la doctrina en cuanto a la carga de la prueba que establece la obligación de contestar pormenorizadamente exponiendo las razones del rechazo o la negativa.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa de fecha 21 de julio del año 2014. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.

Palabras clave

control de la legalidadsentenciajuzgado superiororden públicoderecho laboral

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