Sentencia N° 1971 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de diciembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1971, Exp. 05-1489, 15/12/2005
Expediente05-1489
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-12-15
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de los recursos de control de la legalidad interpuestos por la parte accionante y la demandada. La demandante alegó que la sentencia impugnada violentó disposiciones constitucionales y excluyó pruebas, mientras que la demandada argumentó vicios de forma y fondo en la decisión. Tras analizar los argumentos, la Sala concluyó que no se cumplían los requisitos legales para la admisibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla el recurso de control de la legalidad, como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no fueren recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad del mismo. Aunado a lo anterior, la admisibilidad del recurso in commento exige verificar que el mismo haya sido interpuesto a través de escrito cuya extensión no debe ser mayor de tres (3) folios útiles y sus vueltos, así como su tempestividad, por cuanto la referida disposición establece un lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho siguientes a la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión, los cuales se computan por días de despacho, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley adjetiva laboral. En el caso bajo análisis, señala la demandante recurrente que la sentencia impugnada violentó disposiciones constitucionales, las normas sustantivas y adjetivas que regulan el Derecho del Trabajo y la jurisprudencia de este Tribunal, por cuanto excluyó del proceso las pruebas aportadas por la actora “sin soporte jurídico válido”, con lo cual menoscabó los derechos y beneficios laborales reclamados, al declarar parcialmente con lugar la pretensión después de desvirtuar el hecho alegado por la demandante en cuanto a la fecha de inicio de la relación laboral.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: 1) INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte accionante, ciudadana Flor María Sira Hurtado, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior del Trabajo Circunscripción Judicial del Estado Lara, publicada el 25 de julio de 2005; 2) INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por el representante judicial la demandada, sociedad mercantil Poli Print de Venezuela, C.A., contra la sentencia señalada supra. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
Palabras clave
cobro de prestacionescontrol de la legalidadinadmisibilidadderecho del trabajojurisprudenciapruebassentenciarecurso