Sentencia N° 197 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de octubre de 2022
TSJ/SCS, Sent. N° 197, Exp. 21-147, 21/10/2022
Expediente21-147
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2022-10-21
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar la segunda fase del avocamiento solicitado por Rodman Leroy Casanova, quien alegó irregularidades en el proceso de restitución de custodia de su hija. La Sala consideró que no se evidencian desórdenes procesales que justifiquen la intervención del Tribunal Supremo, ya que las partes tuvieron acceso a los recursos legales y se llevaron a cabo las audiencias correspondientes. Se ordena el archivo de la solicitud y la remisión del expediente a los tribunales de origen para la prosecución del caso.
Extracto de la motiva
Finalmente, arguye que se evidencia que la sustanciación de la causa principal signada con el número AP51-V-2021-003791-P así como sus incidencias, han estado plagadas de desórdenes procesales que conllevaron a una violación de los derechos constitucionales al debido proceso, defensa y tutela judicial efectiva que le asisten; por tal razón se ve en la necesidad de solicitar a esta Sala se avoque al conocimiento de la causa, y resuelva lo planteado en la presente solicitud. Asimismo, solicita ordenar el inicio del procedimiento para hacer efectiva la responsabilidad administrativa y/o disciplinaria que pudieran tener los jueces y juezas que actuaron en la presente causa. Por último solicita que se acuerde medida cautelar de suspensión de la causa signada con el N°AP51-V-2021-003791-P que cursa en el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, así como de las incidencias signadas con los números: 1) AH52-X-2021-000033P, contentivo del cuaderno separado de medida cautelar de restitución de custodia, que cursa ante el Tribunal Trigésimo Tercero de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional; 2) AP51-V-2021-003791P-CM01, contentivo del cuaderno separado de medida de prohibición de salida del país, que cursa en el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional; 3) AP51-V-2021-003791P-R01, contentivo del cuaderno de recusación interpuesto contra la ciudadana Aracelys del Valle Gómez y que cursa en el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional; 4) AP51-V-2021-003791P-R02, cuaderno de recusación interpuesto contra el ciudadano Ender Pérez que cursa en el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional y, 5) AP51-R-2021-008105P, contentivo del recurso de hecho interpuesto contra el auto que negó oír el recurso de apelación incoado contra la decisión que declaró inadmisible in limine litis la recusación planteada contra el ciudadano Juez Ender Pérez.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR LA SEGUNDA FASE DEL AVOCAMIENTO SOLICITADO. SEGUNDO: Se ordena el archivo de la presente solicitud. TERCERO: La remisión del expediente correspondiente al asunto principal signado bajo la nomenclatura AP51-V-2021-003791 y los cuadernos separados signados con los números: 1) AH52-X-2021-000033P, 2) AP51-V-2021-003791P-CM01, 3) AP51-V-2021-003791P-R01 y 4) AP51-V-2021-003791P-R02, al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.