Sentencia N° 1966 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de diciembre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1966, Exp. 14-048, 10/12/2014
Expediente14-048
PonenteOCTAVIO SISCO RICCIARDI
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-12-10
DecisiónDesistido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por el Banco Occidental de Descuento, que fue declarado desistido por falta de fundamentación. La apelación se refería a una decisión del Juzgado Superior Tercero del Trabajo que había declarado inadmisible el mérito favorable y la prueba de informes promovidas por la parte actora. La Sala determinó que la parte recurrente no presentó los fundamentos de su apelación dentro del lapso establecido por la ley.
Extracto de la motiva
Este artículo le impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dicho de otro modo, la expresión de los agravios, que se realiza por separado ante el Juez ad quem, en este caso la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. Esta disposición además establece un lapso perentorio para la sustentación del recurso de diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar su desistimiento cuando el recurrente no consigne los motivos de la apelación dentro del lapso establecido.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación propuesto por la parte actora recurrente, contra la decisión de 15 de octubre de 2013, del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas; en consecuencia, se declara firme el fallo apelado.