Sentencia N° 1957 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de diciembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1957, Exp. 14-1264, 10/12/2014
Expediente14-1264
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2014-12-10
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de fundamentación del recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Even Esponjas Venezolanas, C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Carabobo, que declaró sin lugar el recurso de nulidad. La Sala determinó que la parte apelante no presentó el escrito de fundamentación en el lapso establecido por la ley, lo que llevó a declarar desistido el recurso de apelación.

Extracto de la motiva

El artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa dispone: “dentro de los diez días de despacho siguientes a la recepción del expediente, la parte apelante deberá presentar un escrito que contenga los fundamentos de hecho y de derecho de la apelación, vencido este lapso, se abrirá un lapso de cinco días de despacho para que la otra parte dé contestación a la apelación. La apelación se considerará desistida por falta de fundamentación”. La norma en referencia, impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido, tal como lo asentó esta Sala en sentencia N° 1207 de fecha 2 de diciembre de 2012 (caso: Procer; C.A. contra INPSASEL).

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 9 de julio de 2014, y, en consecuencia, declara firme el fallo apelado. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de origen.

Palabras clave

apelacióndesistimientojurisdicciónadministrativasentenciatrabajo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca