Sentencia N° 195 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de octubre de 2022
TSJ/SCS, Sent. N° 195, Exp. 22-075, 21/10/2022
Expediente22-075
PonenteElias Rubén Bittar Escalona
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2022-10-21
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de Zulia, que había declarado con lugar el recurso de apelación del sindicato demandante. La decisión se basa en que la sentencia recurrida es susceptible de casación, lo que hace innecesario el control de la legalidad. Se resalta que la parte demandada no cumplió con los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
Conforme se desprende de la disposición legal supra transcrita, el control de la legalidad se erige como el medio recursivo a través del cual las partes pueden impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que, no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar gravemente normas de orden público. Se trata en definitiva de ejercer, a instancia de parte, el control de la legalidad y justicia de dichos fallos, en aras de restablecer el mandato jurídico sustantivo o adjetivo del trabajo infringido, por lo que, de verificarse que el fallo impugnado incurre en la violación o amenaza denunciada, le corresponderá a este órgano jurisdiccional anularlo y resolver el fondo del asunto, garantizando de este modo una justicia laboral accesible, breve, sencilla, transparente, oral, inmediata, sin formalismos ni reposiciones inútiles, conforme a los postulados de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. De modo que, siendo el recurso de control de la legalidad una institución procesal de carácter excepcional, su admisibilidad, que es facultativa de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, se encuentra inexorablemente sometida al cumplimiento de los requisitos expresamente previstos en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, cuyo alcance ha sido precisado y delineado por el Tribunal Supremo de Justicia, a través de su prolija jurisprudencia emanada de las Salas Constitucional y de Casación Social. Así, son recurribles en control de la legalidad las sentencias i) definitivas emanadas de los Juzgados Superiores Laborales (sentencia número 87 de fecha 20 de febrero de 2003 (caso: Dimas Alberto Velasco Sánchez, contra Molinos Nacionales, C.A.); ii) no impugnables en casación, y iii) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público. Esta Sala de Casación Social en decisión número 692 de fecha 12 de diciembre de 2002 (caso: Antonio del Valle Lira Méndez contra Baker Hughes, S.R.L.), expresó que, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le corresponde restringir la admisibilidad de dicho medio de impugnación, limitándola a situaciones en las cuales la violación o amenaza sea de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión, por tratarse de quebrantamientos categóricos del orden legal establecido.
Dispositiva
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 27 de septiembre de 2021, emanada del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
Palabras clave
control de la legalidadsentencia laboralinadmision