Sentencia N° 195 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de marzo de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0195, Exp. 10-053, 11/03/2010
Expediente10-053
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-03-11
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Javier José García Lanza contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Anzoátegui. La Sala argumenta que la sentencia impugnada es recurrible en casación, lo que incumple los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se destaca que la parte actora no cumplió con los requisitos legales necesarios para que su recurso fuera admitido.

Extracto de la motiva

Como se aprecia del dispositivo legal precedentemente transcrito, para que proceda la admisibilidad del extraordinario recurso control de la legalidad, es necesario el cumplimiento de los requisitos legales expuestos, entre los cuales, cabe destacar, que la sentencia contra la cual se recurre no sea impugnable en casación. Al respecto, la Sala Constitucional de este Alto Tribunal, mediante sentencia Nº 1.573 de fecha 12 de julio de 2005 (caso: Carbonell Thielsen, C.A.), publicada en Gaceta Oficial N° 38.249 de fecha 12 de agosto del mismo año, determinó que la cuantía para acceder a casación debe examinarse conforme a la que regía para el momento de interposición de la demanda, y, en caso que deba calcularse con base en la unidad tributaria, la misma deberá ser la vigente para la fecha de introducción de la demanda. En sujeción a la doctrina jurisprudencial reseñada, esta Sala verifica que la presente demanda fue introducida en fecha 26 de febrero de 2009, siendo que para el momento de su interposición, la cuantía mínima requerida para acceder a la sede casacional en los juicios laborales era de ciento sesenta y cinco mil bolívares fuertes (Bs.f. 165.000,00), equivalentes a las tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.) que indica el numeral 1 del artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, vigente a partir del 13 de agosto de 2003, monto éste obtenido de la operación aritmética de multiplicar el número de unidades tributarias establecidas legalmente, por el valor que éstas ostentaban en el momento de interposición de la demanda, fijada en cincuenta y cinco bolívares fuertes (Bs.f. 55,00), según la Gaceta Oficial N° 39.127 publicada en fecha 26 de febrero de 2009.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandante, contra la decisión de fecha 4 de diciembre de 2009, emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

recursocasaciónsentenciainadmisibilidadtrabajojurisprudencia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca