Sentencia N° 1946 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de octubre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 1946, Exp. 06-1448, 04/10/2007
Expediente06-1448
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2007-10-04
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia dictada el 4 de octubre de 2007, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, OMER DE JESÚS MALAVÉ VENEGA, contra el fallo de la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Zulia, que había declarado con lugar la demanda de divorcio. La Sala argumentó que las denuncias presentadas por el recurrente carecían de claridad y precisión, lo que imposibilitó su estudio adecuado.
Extracto de la motiva
Es importante señalar que aun y cuando esta Sala de Casación Social tiene como vértice lo preceptuado en los artículo 26 y 257 del Texto Constitucional, referidos a la preeminencia de la justicia sobre las formalidades no esenciales, la manera en que han sido presentadas las denuncias antes examinadas, quebrantan formas sustanciales para la presentación de las mismas, lo cual imposibilita a esta Sala su correspondiente estudio.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra el fallo proferido en fecha 11 de julio de 2006, por la Sala de Apelación de la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Se condena en costas a la parte recurrente en casación, en conformidad con el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
divorciocasacióndebido procesoindefensiónprueba testimonialCódigo CivilLey Orgánica para la Protección del Niño y del AdolescenteCorte de Apelaciones